×
Compartir en:

Ya fue publicada en el Diario Oficial la Ley de Plásticos de un Solo Uso. Esto significa que desde febrero de 2022 se prohibirán los primeros productos como envases de poliestireno, bombillas y revolvedores, entre otros. La normativa se implementará por completo en agosto de 2024.

La regulación tiene como objetivo  proteger el medio ambiente y disminuir la generación de residuos, mediante la limitación en la entrega de productos de un solo uso en establecimientos de expendio de alimentos, el fomento a la reutilización y la certificación de los plásticos de un solo uso y la regulación de las botellas plásticas desechables.

Esto se espera lograr en base a tres pilares fundamentales: eliminar plásticos innecesarios, innovar para que los plásticos sean reutilizables, reciclables o compostables, y hacer circular los plásticos.

 

Prohibición general de entrega de productos de un solo uso en establecimientos regulados

El proyecto prohíbe los productos de un solo uso que se entregan en los restaurantes, casinos, clubes sociales, cocinerías, fuentes de soda, cafeterías, salón de té, panaderías, bares, u otros locales similares que comercialicen comida preparada a lo largo del país.

  • Productos prohibidos: vasos, tazas, tazones, cubiertos (tenedor, cuchara, cuchillo), palillos, pocillos, mezcladores, bombillas, platos, cajas, copas, envases de comida preparada, bandejas, sachets, individuales y tapas que no sean de botellas, en tanto no sean reutilizables. Esto comenzará a regir, para algunos productos como recipientes, vasos de poliestireno y algunos pequeños plásticos de un solo uso (pajitas, agitadores, cubiertos, y palillos, entre otros), a los 6 meses de la publicación de la Ley en el Diario Oficial,  tanto para el consumo dentro del local como para el delivery. Hay otros productos de un solo uso que tendrán un mayor plazo para ser reemplazados.
  • En un plazo de 3 años de adaptación, todos los locales de expendio de comida preparada del país, estarán obligados a usar solo productos reutilizables para el consumo al interior de sus establecimientos.
  • En un plazo de 3 años, los delivery solo podrán entregar envases y contenedores de comida de plásticos compostables certificados.

Exigencia de uso de material reciclado en botellas plásticas desechables y fomenta el uso de las retornables

  • Botellas desechables: deben estar compuestas por un porcentaje de plástico que haya sido recolectado y reciclado dentro del país. De esta forma se potenciará el mercado del reciclaje en Chile y la creación de empleos verdes en el país potenciando la LEY REP de envases y embalajes.
  • Botellas retornables: Desde los 6 meses desde la publicación de LEY, todos los supermercados del país estarán obligados a vender bebidas en formato retornable y recibir los envases de los consumidores. A los dos años, la obligación se extenderá a todas las tiendas de conveniencia y almacenes.

Fiscalización

  • La Fiscalización corresponderá a las municipalidades.
  • Las multas serán aplicadas por los juzgados de policía local y serán a beneficio municipal (Entre 1 y 5 UTM por cada producto entregado que no sea de material reciclable).

Educación Ambiental

El Ministerio del Medio Ambiente promoverá e implementará programas de educación ambiental dirigidos a la ciudadanía, sobre productos de un solo uso que se encuentren en circulación y su impacto y  fomentará el uso de productos reutilizables.